Getulio Iván Ordinola Talledo, egresado de la Facultad de Derecho, sustentó su tesis para obtener el grado de Máster en Derecho Administrativo y Regulación del Mercado.
Por Dirección de Comunicación. 18 noviembre, 2021.Getulio Iván Ordinola Talledo, egresado de la Facultad de Derecho, sustentó su tesis para obtener el grado de Máster en Derecho Administrativo y Regulación del Mercado. Los asesores fueron el Dr. Víctor Baca Oneto y Mgtr. Guillermo Chang Chuyes.
Getulio Ordinola, defendió su trabajo de investigación “Análisis de la Legalidad de la Revisión de Oficio de la Ley de Contrataciones del Estado en las Empresas Públicas en el Ordenamiento peruano”. El jurado estuvo conformado por el doctor Víctor Baca Oneto, el doctor Orlando Vignolo Cueva y la doctora Ana María Becerra.
El trabajo de investigación realizado por Ordinola consiste en un análisis del principio constitucional-legal de paridad frente a las empresas privadas en régimen de mercado o en actividad reservada, identificando los casos en que la regulación es favorable y desfavorable, especialmente en el régimen de contratación pública, en apoyo jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de algunos órganos jurisdiccionales y principalmente de la praxis del OSCE.
Cabe resaltar que, de entre las particularidades que las Empresas del Estado –en todos los niveles del Gobierno– ostentan al ejercer actividades o prestar servicios bajo normas de Derecho Privado, encuentra justificación que se sometan a principios de contratación pública, pues al estar controladas, y financiadas por el Poder Público se requiere que el uso de los fondos públicos o fondos de mercado se lleve a cabo por canales de transparencia y bajo un sistema concurrencial.
Ordinola concluye en que, resulta irrazonable o por lo menos, jurídicamente inadmisible, que la norma les otorgue potestades administrativas, entre las cuales está, la de revisión de oficio de sus actos. No obstante, las dos propuestas de lege ferenda que se plantean en la investigación son percibidas positivamente por el sector doctrinal, aunque con poca atención del Legislador y nulo respaldo de la jurisprudencia peruana.